Ante el temor de repetirse un nuevo confinamiento, algunas inmobiliarias y arrendadores no dudan en incluir la recién denominada ‘cláusula COVID’ en los distintos contratos de arrendamiento que firman.
El objetivo de aquella es que en caso de repetirse un nuevo confinamiento generalizado, el inquilino podrá abandonar el bien inmueble, cancelar el contrato de alquiler sin penalización alguna y dejar de pagar la renta mensual pactada.
Por su parte, el propietario evitará tener viviendas ocupadas con impagos, esquivará posibles procesos judiciales futuros, podrá adquirir de nuevo la posesión de aquel y destinarlo a cualquier uso, incluido un nuevo alquiler.
Conforme al principio de autonomía de la voluntad de las partes , expertos jurídicos no contemplan ningún impedimento legal en que, propietario e inquilino, lleguen a un acuerdo válido conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y lo reflejen así en el contrato.
Así las cosas, sin aparentes impedimentos legales, propietarios e inquilinos ya están plasmando en sus contratos de alquiler posibles vías de solución a problemas asociados al confinamiento futuros.