1. Recabar documentación
- Certificado de defunción
- Certificado de últimas voluntades. Tienen que haber transcurrido 15 días hábiles desde el fallecimiento del causante.
- Reclamación cantidades seguro de vida. El plazo para reclamar las cantidades de un seguro de vida es de 5 años.
2. Aplazar o Fraccionar pago de impuestos.
Dispones de un plazo de 6 meses desde la muerte del causante para pagar el impuesto de sucesiones. Dentro de estos 6 meses podrás:
- Pagar el impuesto
- No pagar el impuesto, en cuyo caso te penalizarán con un recargo
- Solicitar un aplazamiento, lo primeros 5 meses, de 6 meses más, por lo que, en total, tendrás 1 año para pagar. (2 años, en el caso de herencias causadas entre el 1 de agosto de 2009 y el 31 de diciembre de 2017). El aplazamiento supondrá aplicación de un intereses de demora,
- Solicitar un fraccionamiento de 5 anualidades, abonando intereses legales.
Recuerda: Aceptada la herencia, lo primero que deberás hacer es solicitar un aplazamiento o fraccionamiento, de este modo no tendrás que pagar el impuesto de sucesiones de forma inmediata, sino que dispondrás de 1 año para hacerlo o bien, podrás fraccionarlo en varias mensualidades |
TENGO QUE TRAMITAR UNA HERENCIA, ¿Qué debo hacer?