¿Has heredado o recibido una donación en Cataluña este año?

El impuesto de sucesiones y donaciones es un impuesto cedido a las comunidades autónomas, motivo por el que cada comunidad establece una cosa. En Cataluña,  éste impuesto ha sufrido una modificación importante.

¿Cuáles han sido las modificaciones del impuesto de sucesiones y donaciones en Cataluña del año 2019 a 2020?
  • Se reducen las bonificaciones que se aplican a la cuota en el caso de personas incluidas en el grupo II (hijos de 21 años o más y ascendientes).
  • En el caso de que coexistan una empresa familiar y un patrimonio personal no afecto a la actividad, se pagará más por el Impuesto de Sucesiones puesto que se han eliminado las bonificaciones de la herencia no afecta a la actividad.

¿Quién paga el impuesto de donaciones en Cataluña? 

  • Se vuelven a regular los coeficientes multiplicadores tanto en herencias como en donaciones, en función del patrimonio que tuviera antes de heredar/recibir la donación la persona que recibe la donación o herencia, siempre que esa persona pertenezca al grupo I o II. Esto supone que no sea tan conveniente la herencia frente a la donación.

El impuesto de sucesiones y donaciones en Cataluña lo tienen que pagar aquellas personas que realicen alguno de los siguientes actos:

  • Adquirir bienes y derechos por herencia, legado u otro título sucesorio.
  • Adquirir bienes y derechos por donación u otro negocio a título gratuito entre personas vivas.
  • Recibir cantidades como beneficiario de un seguro de vida, cuando el contratante sea diferente del beneficiario.

¿Cuándo habría que declarar una donación de padres a hijos en Cataluña? 

La donación de padres a hijos se deberá declarar siempre que legalmente se considere una donación. Por ejemplo, un padre dona a su hijo una vivienda para que sea su vivienda habitual o le da dinero para que se la compre o para que adquiera un negocio. 

Para la liquidación del impuesto de donaciones se tendrá el plazo de un mes desde que se realiza la operación.

¿Cómo se calcula el impuesto de sucesiones y donaciones en Cataluña? 

Hay que considerar dos aspectos fundamentales: el parentesco de las personas que intervienen en la donación y el patrimonio de quien la recibe. Los pasos para el cálculo son:   

  • Determinación de la base imponible (valor neto de los bienes y derechos adquiridos).  
  • Cálculo de la base liquidable. En algunos casos la base liquidable se corresponde con la base imponible, salvo que se deban aplicar reducciones.
  • Aplicación de tarifa y obtención de cuota íntegra. Existe una tarifa general que varía entre un 7% y un 32%, y una tarifa reducida que varía entre un 5% y un 9%.  
  • Aplicación del coeficiente multiplicador. A la cuota íntegra se le aplica un coeficiente multiplicador que dependerá del patrimonio preexistente de quien recibe la donación y del grado de parentesco entre el donante y el donatario.  
El impuesto de sucesiones y donaciones en Cataluña en 2020

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